San Juan: el crédito fiscal de la ley de Desarrollo Local podrá transferirse a proveedores

El crédito fiscal previsto por la Ley de Desarrollo Local Minero podrá ser transferido por las operadoras a sus proveedores, aunque el mecanismo exacto será definido en la reglamentación que el Ejecutivo espera tener lista en 60 días.

El artículo 25 de la ley, que regula el crédito fiscal transferible, es uno de los puntos que más trabajo demanda en la reglamentación. El ministro adelantó que se está trabajando junto al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas para definir su aplicación. Además, la ley exige que las empresas tengan o radiquen su domicilio legal y fiscal en San Juan para acceder al beneficio; de lo contrario, deberán restituir el crédito con intereses.

Uno de los aspectos que aún deberá ser precisado en la reglamentación es cómo se determinará la transferencia del beneficio, aunque desde el Ministerio de Minería señalaron que será la operadora quien decida a qué proveedores transferir el crédito, siempre que estos cumplan con sus propios planes de desarrollo.

En relación con las dudas sobre una posible contradicción entre la ley provincial y el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), el ministro fue categórico.

Ley de Desarrollo Local

El funcionario explicó que la ley establece metas y no cupos rígidos. «Esto es una ley de objetivos. No son cupos obligatorios, son metas de planificación. El sistema admite justificaciones objetivas cuando no pueden alcanzarse», sostuvo.

La ley establece metas ambiciosas: un 80% de trabajadores locales y un 60% de adquisiciones a proveedores locales. Sin embargo, Perea aclaró un punto legal fundamental para evitar conflictos con regímenes nacionales: «La ley equilibra, mide y promueve el desarrollo local… de ninguna manera nace muerta», concluyó el funcionario.

Uno de los pilares de la nueva normativa es la unificación de los criterios de medición. Hasta hoy, las empresas reportaban su impacto socioeconómico en las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) bajo metodologías propias. La nueva ley, en su Artículo 26, establece que el cumplimiento de los planes de empleo y proveedores reemplazará formalmente estos requerimientos de las DIA anteriores.

Para garantizar esto, el Gobierno desarrolla dos herramientas digitales: la Matriz Socioeconómica, con un avance del 95%, que será pública y estará en el CID (Centro de Información para el Desarrollo), permitiendo tener, por primera vez, «números reales» accesibles a cualquier ciudadano; y el RE.PRO.MIN. (Registro Provincial de Proveedores Mineros), con un avance de entre el 60% y 70%, que será «único, oficial, público y de consulta libre» según el Artículo 11 de la ley.

El ministro también adelantó que la reglamentación podría incluir entre 90 y 120 artículos, y que el trabajo es coordinado entre los equipos jurídicos de Minería y el Ministerio de Producción.

Con información de Diario Huarpe