La Justicia de San Juan autoriza la continuidad de las operaciones en el Proyecto Vicuña

La Justicia de San Juan intervino en el conflicto que involucra al proyecto minero Vicuña y dictó una medida cautelar que asegura la continuidad de sus operaciones, en un fallo que fija límites claros frente a eventuales interferencias externas.
La resolución se dio en el marco de una presentación realizada por la empresa ante tribunales sanjuaninos, luego de que desde La Rioja se notificaran restricciones de tránsito en una ruta provincial y una presunta suspensión de actividades vinculadas al emprendimiento. El juzgado interviniente —con competencia multifuero en la Segunda Circunscripción Judicial— hizo lugar al planteo de la compañía y dispuso una medida que impide que terceros, tanto del ámbito público como privado, puedan obstaculizar o frenar el desarrollo del proyecto.

La decisión establece además una excepción concreta: únicamente las autoridades competentes de San Juan, a través del Ministerio de Minería, pueden disponer medidas que afecten la operatoria. Según lo informado, el proyecto cuenta con las habilitaciones correspondientes otorgadas por la autoridad de aplicación provincial, lo que respalda su funcionamiento dentro del marco legal vigente. En ese contexto, la medida cautelar actúa como una garantía jurídica para sostener la actividad mientras se analizan las implicancias del conflicto generado por las disposiciones adoptadas en la provincia vecina. Mientras tanto, la empresa mantiene sus operaciones con normalidad, priorizando la seguridad y la continuidad de las tareas. En paralelo, avanza con gestiones institucionales y legales orientadas a regularizar el acceso a las zonas de trabajo que se vieron afectadas por las restricciones externas. El fallo introduce un elemento central en la disputa: la delimitación de competencias entre jurisdicciones, en un escenario donde la actividad minera vuelve a quedar atravesada por tensiones interprovinciales.

La resolución surge tras un conflicto jurisdiccional originado en la provincia de La Rioja. Según el comunicado emitido este 28 de abril de 2026, la empresa fue notificada inicialmente de una resolución judicial en territorio riojano que pretendía imponer restricciones de tránsito en una ruta provincial y la suspensión de las actividades del proyecto.

Que dice el fallo de la Justicia y por qué entiende que existe una “amenaza real, actual e inminente, de obstaculizar” el Proyecto Vicuña

Para asegurar el desarrollo de tareas normales dentro del proyecto minero Vicuña, frente al conflicto con La Rioja, los abogados de la empresa decidieron acudir a la justicia local. Lo hicieron con un planteo, una acción declarativa de certeza, junto con una medida cautelar, la que finalmente fue otorgada por el juez Domingo Daniel Castro, titular del Juzgado Multifuero de Primera Nominación de la Segunda Circunscripción. En su resolución, el magistrado entendió que quedó configurada “indudablemente, una amenaza real, actual e inminente, de obstaculizar e incluso impedir la actividad del Proyecto Vicuña”. Para resolver de esa manera tuvo en cuenta la documentación que presentó la empresa, en la que se hace referencia a que existe un proceso “en trámite” en La Rioja, lo que se traduce en la amenaza. Así, le dio curso a la medida cautelar y de esa manera dar “seguridad jurídica” para que Vicuña desarrolle sus actividades normales en San Juan. Incluso, en su resolución, dispuso una medida de no Innovar “que garantice el normal desarrollo de la actividad en el Proyecto Minero Vicuña durante la sustanciación de la presente acción”, siempre y cuando el Ministerio de Minería, quien es la autoridad competente, no diga lo contrario. Por su parte, desde Fiscalía de Estado, que defiende los intereses de la provincia, indicaron que “por ahora” no tienen previsto realizar ninguna acción judicial por el conflicto con La Rioja, pero saben que en algún momento deberán tomar cartas en el asunto.

Domingo Daniel Castro
Juez Domingo Daniel Castro

El fallo judicial favorable a Vicuña fue informado por la propia empresa a través de un comunicado en el que se destaca que en los “Tribunales Provinciales de San Juan, se hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la compañía, que garantiza la continuidad de las operaciones en el proyecto minero Vicuña”. Además, transcribieron parte de la resolución de Castro, en la que se establece que se “impide que cualquier tercero, -público o privado-, con excepción de las autoridades de la provincia de San Juan, pueda obstruir o suspender la continuidad operativa del proyecto, dado que se encuentra habilitado por la autoridad de aplicación correspondiente, esto es, el Ministerio de Minería de la Provincia de San Juan”.

Un dato no menor es que, en el comunicado, la empresa Vicuña afirma que, finalmente, fue notificada por parte de una resolución judicial emitida en la provincia de La Rioja referida a restricciones de tránsito por una ruta provincial y a la suspensión de las actividades que realiza el proyecto minero Vicuña. Además, se afirmó que “el equipo legal de la empresa está actualmente analizando el alcance y las implicaciones de esa decisión”. Esta notificación no fue informada, hasta el momento, al juez Domingo Daniel Castro por lo que no es un documento que se tuviera en cuenta para otorgarle la medida cautelar a la empresa.

Lo que si se tuvo en cuenta el juez fue la información aportada por Vicuña respecto a las distintas publicaciones periodísticas que hacen referencia a que la jueza camarista de Chilecito, María Greta Decker Smith, ordenó la suspensión de las actividades del proyecto minero Vicuña y la prohibición de que la empresa pueda acceder al camino minero Guandacol – Santa Elena – Zapallar – Las Cuevas – La Ciénaga” ubicado en territorio riojano”.

María Greta Decker Smith
María Greta Decker Smith

De esa manera, el magistrado sostuvo que “la presencia de factores ajenos o externos, como los invocados y acreditados; me llevan a la convicción de que se ha configurado la condición determinada en la providencia que antecede, y, por ende, el criterio para la admisión de la medida cautelar peticionada”.

También aclaró que “si bien no se advierte acto alguno de ciudadano o institución de la provincia de San Juan, sí se advierte prima facie, la posible injerencia de alguna medida o acción de jurisdicción ajena a la provincia”, en este caso La Rioja.

Por otro lado, el juez Castro dejó muy en claro que es “exclusivamente la autoridad de aplicación de la normativa minera (el Ministerio de Minería) quien —previos los procedimientos administrativos de ley— es la encargada de regular y controlar la actividad desarrollada por la actora” y, llegado el caso, la provincia de San Juan es la competente para atender esta situación “por materia y territorio” ya que “posee la facultad de adoptar disposiciones sobre la actividad competente”, en este caso, la minería.

Respecto a la acción declarativa de certeza, fuentes judiciales indicaron que Vicuña hizo la presentación para que no queden dudas de que desarrolla su actividad bajo las habilitaciones provinciales, ya que el proyecto se encuentra emplazado en San Juan. En esa línea presentó todas resoluciones correspondientes como lo son las Declaración de Impacto Ambiental, incluida la actualización que se dio en marzo, documento emitido por la Secretaría de Gestión Ambiental y Control Minero, dependiente del Ministerio de Minería.

El último punto del fallo del juez Castro, establece que el impedimento a que cualquier “tercero pueda obstruir, dificultar o suspender la continuidad operativa de la actividad” se tiene que mantener hasta tanto se dicte sentencia por el planteo de fondo, esto es, la acción declarativa de certeza.

Para el juez Domingo Daniel Castro, la empresa pudo demostrar, con documentación, que hay un riesgo que, incluso, puede impedir la actividad del proyecto Vicuña.

Con información de 0264 Noticias y Medios Rioja